Puntos de Discusión para Punto Legal- 06 de mayo del 2020

Puntos de Discusión de Punto Legal- 06 de mayo de 2020

 

1. DACA

Estamos solo a 48 días del fin del mandato de la Corte Suprema. Se espera que la Corte permita a Trump a cancelar el programa de DACA. La pelota entonces estaría en la cancha de Trump. ¿Qué piensas que hará él? Primero, él podría cancelar DACA. Segundo, el pudiera pensar que el tiempo no es correcto y dar DACA una extensión de corto plazo. Hay al menos 26,000 recipientes de DACA trabajando en el cuidado de salud durante la pandemia de coronavirus. Tercero, el pudiera tratar de negociar un DREAM act a cambio de cambios mayores al sistema de inmigración. Si usted tiene DACA y necesita autorización de trabajo para trabajar, nosotros sugerimos que trate de adelantarse de la decisión de la Corte Suprema y agarra otros dos años de DACA. Pero, tenga en cuenta que cualquier renovación de DACA enviada ahora corre el riesgo de llegar demasiado tarde porque Trump canceló el programa.

2. U-Visa

El servicio de inmigración acaba de publicar un reporte sobre el programa de la Visa-U que quiero compartir con ustedes. Primero, la tasa de aprobación se ha estado estable en una tasa de aprobación de 84 porciento. Segundo, la razón más grande por la negación de Visas-U fueron la falta de evidencia y tener antecedentes penales. En Ted Hess y Asociados, nuestra tasa de aprobación es del 99 por ciento.  La cosa más interesante para mí fue que había 152,000 aplicaciones pendientes al fin del 2019. Además, había 104,000 peticiones de miembros de la familia pendientes. Ya que solo 10,000 Visa U pueden ser aprobadas cada año, hay una espera creciente para una Visa U actualmente. Tenga en cuenta que miembros familiares no cuenta contra el numero de cuota de 10,000. En otras palabras, si Martha aplica por una Visa U e incluyo su hija Rosa como un beneficiario derivado, Martha solamente cuenta como una Visa-U.  Rosa no se cuenta contra la cuota. El servicio de inmigración ha ayudado a algunos en el tiempo de espera de la visa U al dar a los inmigrantes una acción diferida una vez que se revisa su caso.

3. Procesamiento de Inmigración

¿Qué está pasando con el procesamiento de inmigración? ¿Alguien en el gobierno está haciendo algo? Primero, todas las entrevistas en Denver y el consulado fuere de los Estados Unidos han sido pospuesta. Esperamos que las entrevistas de inmigración en los Estados Unidos resuman para el 1.o de junio. Entrevistas en los consulados fuera de los Estados Unidos están sujetos a las reglas de COVID-19 y la suspensión de inmigración del presidente Trump. La suspensión de inmigración NO aplica a los cónyuges o hijos de ciudadanos quien están tratando de entrar a los Estados Unidos como residentes permanentes. Mientras tanto, los oficiales de servicio de inmigración están repasando y procesando casos en sus hogares o sus oficinas. Entonces, un progreso si se está haciendo. Por ejemplo, nosotros recibimos tarjetas de autorización de trabajo para nuestros clientes cada día. El Centro Nacional de Visa también está procesando caso.

4. Suspensión de Inmigración

El presidente emitió la “Proclamación Suspendiendo la Entrada de Inmigrantes Quien Presentan un Riesgo para el Mercado Laboral de los Estados Unidos Durante la Recuperación Económica Tras el Brote de COVID-19” hace una semana. La proclamación suspende a ciertos inmigrantes de entrar a los Estados Unidos por 60 días. La proclamación aplica a inmigrantes quien

  • Están fuera de los Estados Unidos a partir de las 11:59 p.m. ET el 23 de abril del 2020;
  • No tienen visa inmigrante valida a partir de las 11:59 p.m. ET el 23 de abril, del 2020; y
  • No tienen documentos de viaje válidos.
  • Por ejemplo, padres de inmigrantes de ciudadanos estadounidense si serian afectados.

¿Quiénes son exentos de la proclamación?

  • Residentes permanentes legales
  • Cónyuges o hijos solteros bajo 21 años de edad de ciudadanos estadounidenses.

¿A quién NO se aplica la proclamación?

  • Inmigrantes ya presentes en los Estados Unidos, incluidos aquellos que buscan un Ajuste de Estatus
  • Personas buscando asilo
  • Individuos buscando visas de no inmigrantes, como visas de turistas o de trabajo.
  • La proclamación no pone limite la habilidad de no ciudadanos elegibles para presentar una aplicación para ajuste de estatus. Además, la proclamación no limita la habilidad de no ciudadanos, incluyendo esos sujetos a una prohibición, para proceder con los pasos previos a la entrevista para solicitar una visa de inmigrante.

5. ¿Puede agarrar beneficios de desempleo?

Beneficios de desempleo son complicados porque hay una interacción entre las chequeras estatales y federales. El primer punto es si usted es un residente permanente, puede agarrar beneficios de desempleo. Y, algunos inmigrantes quien no son residentes permanentes podrían agarrar beneficios de desempleo. Si usted está autorizado para trabajar y autorizado bajo la ley estatal para recibir beneficios de desempleo, usted debería buscar beneficios de desempleo. Inmigrantes con acción diferida, eso es, recipientes de DACA y algunas personas quien están esperando por una Visa-U, si están específicamente autorizados bajo la ley de Colorado para recibir beneficios de desempleo.

6. Beneficios de COVID-19 y la Regla de Carga Publica

Quiero responder algunas preguntas sobre beneficios de COVID-19 y la regla de carga publica:

1. ¿Las Pruebas, tratamiento, o atención preventiva para COVID-19 impactar su aplicación de inmigración bajo la regla de carga publica?

El servicio de inmigración ha anunciado que no va a considerar “las pruebas, tratamiento, o atención preventivo (incluyendo vacunas, si una vacuna se vuelve disponible) relacionado al COVID-19” como parte de una determinación de carga publica incluso si tal tratamiento es proveído o fundado por uno o más beneficios públicos (por ejemplo el Medicaid con fondos federales) USCIS está a alentando a cualquier persona con síntomas que parezcan al COVID-19 (por ejemplo, fiebre, toz, y dificultad de respirar) de buscar tratamiento médico o servicios preventivos. USCIS ha dicho que tal tratamiento o servicio preventivo “no afectara negativamente a un extranjero como parte de su futuro análisis de carga pública.”

2. ¿Obteniendo seguro de desempleo impactara la aplicación de inmigración de mi cliente bajo la regla de carga publica?

Los pagos de seguro de desempleo generalmente no se toman en consideración por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) por propósitos de hacer una determinación de carga pública. El Departamento de Seguridad Nacional ha dicho oficialmente “DHS no considerada beneficios de desempleo como beneficios públicos bajo la determinación de inadmisibilidad de la carga publica como estos son considerados ser beneficios ganados por el empleo de una persona.

7. ¿Abogado de defensa criminal que habla español?

Tenemos un abogado de defensa criminal que habla español en nuestra oficina. Su nombre es Brian Roche. Brian vive en el Condado de Eagle. Brian vio muchos casos criminales como defensor público en Denver. Y él sirvió como fiscal en el Condado de Eagle. Nosotros nos gustaría que nos contratara para casos criminales en los Condados de Eagle y Garfield. Si vamos a juicio, ambos Brian y yo tomaríamos el caso en frente de un jurado. Ahora, puede contratar abogados que están listos para defenderlo y explicarle todo en español.

 8. Tips para el nuevo año

Número 1. Si usted puede arreglar sus papeles en los Estados Unidos, eso es, ajustar su estatus a un residente permanente legal, hágalo rápido. Usted podría vencer el aumento de $1,000 de la tarifa. Número 2. Si usted tiene DACA, renueve su DACA por otros dos años para quedarse delante de la decisión de la Corte Suprema, permitiendo al presidente Trump de terminar DACA. Si usted tiene TPS de El Salvador y un cónyuge ciudadano o un hijo de 21 años, viaje a El Salvador con un permiso de viaje anticipado para que pueda arreglar sus papeles en los Estados Unidos.

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