Puntos de Discusi贸n para Punto Legal- 01 de Junio del 2016

Puntos de Discusi贸n para Punto Legal- 01 de Junio del 2016

1.聽El Perd贸n Provisional I-601A. Nos encomend贸 cierta informaci贸n desde el servicio de inmigraci贸n sobre el programa del perd贸n provisional de “Estados Unidos.” Este programa comenz贸 en enero del 2013. Permite que los inmigrantes que saben que podr铆an ser enfrentados con una barra de presencia ilegal pueden obtener su perd贸n antes de viajar a su pa铆s de origen: Ciudad Ju谩rez en el caso de los mexicanos. El programa pretende ampliarse a c贸nyuges e hijos de residentes este a帽o, pero esto a煤n no ha sucedido. Durante el trascurso del programa, han aplicado m谩s de 137,000 c贸nyuges de ciudadanos estadounidenses. El programa ha conseguido n煤meros m谩s grandes cada a帽o desde el 2013. La tasa de aprobaci贸n sobre el transcurso del programa es de un 74%. Esto, por supuesto, significa que la negaci贸n de los perdones es un 26%.

Si usted presentar una solicitud para el perd贸n I-601A y despu茅s le piden m谩s evidencia, debe consultar a un abogado de inmigraci贸n si no tiene uno. Si ven los casos que pidieron m谩s evidencia y fueron enviados, en una 煤ltima instancia se aprob贸 s贸lo el 62%. En otras palabras, si manda una solicitud pidiendo mas evidencia es una se帽al de que el caso tenga problemas.

Con Ted Hess & asociados, nuestra tasa de aprobaci贸n es 97 por ciento.

2. Abandono de residencia permanente. Si usted es un residente y ha estado fuera de los Estados Unidos m谩s de un a帽o, usted podr铆a esperar a ser interrogado acerca si usted ha abandonado su residencia. Cu谩nto tiempo ha estado fuera de los Estados Unidos es un factor importante, pero no es el 煤nico. Las autoridades de Inmigraci贸n considerar谩 su intenci贸n; cualquier empleo en el extranjero; afiliaciones de empresas en los Estados Unidos; propiedad de residencia o participaciones de propiedad en los Estados Unidos; pago de impuestos en los Estados Unidos; longitud de tiempo en los Estados Unidos; v铆nculos comunitarios que fueron desarrollados antes de la salida; mantenimiento de una cuenta bancaria y residencia en los Estados Unidos de otros miembros de familia inmediatas durante este per铆odo.

Evidencia que un residente ha abandonado la residencia puede incluir ausencia prolongada o frecuente de los Estados Unidos; eliminaci贸n de propiedad o terminar un trabajo en los Estados Unidos antes de salir; lazos de familia, propiedad o negocio situados en el extranjero; trabajar para un empleador extranjero, votar en una elecci贸n extranjera y no presentar declaraciones impuestos de ingresos de los Estados Unidos.

Empleo fuera de los Estados Unidos por un empleador de Estados Unidos no es probable que sea considerado prueba de abandono del estatus de Residencia.

Si usted cree que puede estar fuera de Estados Unidos por m谩s de un a帽o, necesita obtener un permiso de reingreso antes de viajar. Este permiso de reingreso puede obtenerse mediante la presentaci贸n del formulario I-131 con el servicio de inmigraci贸n antes de salir. Pueden permanecer fuera de los Estados Unidos por durante dos a帽os y no ser considerado como abandono de su residencia con un permiso de reingreso.

Extranjeros residentes permanentes tienen derecho a una audiencia en cuanto se haya abandonado el estatus de residencia al volver de una larga ausencia. Si se solicitar铆a un permiso para entrar al pa铆s para ese mismo prop贸sito. El gobierno tiene la obligaci贸n de pedir evidencia clara, inequ铆voca y convincente que ha cambiado el estatus de residencia permanente. En esos casos, un juez de inmigraci贸n escuchar谩 el testimonio y vera la evidencia en cuanto a si se haya producido el abandono. Un residente permanente mantiene esa condici贸n hasta que haya hecho una determinaci贸n formal.

Si usted ha estado fuera de los Estados Unidos por m谩s de 1 a帽o, simplemente puede argumentar su caso con la aduana y patrulla fronteriza si plantean una cuesti贸n de abandono de residencia. Tambi茅n puede presentar el formulario DS-117, aplicaci贸n de determinaci贸n de reingreso del Status de residente, junto con una cuota de $275, con el Consulado de Estados Unidos.

El Consulado llevar谩 a cabo una entrevista y tomara una determinaci贸n en cuanto si el residente ha abandonado la condici贸n de residente.

3. Cuotas de de aplicaciones de inmigraci贸n. El Departamento de Seguridad Nacional ha propuesto una nueva tarifa para el gobierno los formularios de inmigraci贸n. En general, el aumento de las tasas es de 21%, pero la solicitud de ciudadan铆a costar谩 menos. Aqu铆 est谩n algunos ejemplos de los aumentos de precios: La I-485 aplicaci贸n para arreglar sus papeles en los Estados Unidos va desde $1,070.00 hasta $1,140.00. El permiso para viajar va desde $360.00 a $575.00. Si usted est谩 pensando en solicitar un beneficio de inmigraci贸n, usted ahorrar谩 dinero si empieza r谩pido antes de que los precios suban.

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Punto Legal

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